¿Que es el Bono 10 Mil?

                           
El Programa Presidencial de Salud, Educación y Nutrición denominado “Bono 10,000”, consiste en el otorgamiento de transferencias monetarias condicionadas al cumplimiento de corresponsabilidades, con el propósito de contribuir con la ruptura del ciclo inter-generacional de la pobreza extrema y pobreza, a través de la creación de oportunidades, desarrollo de capacidades y competencias en la educación, la salud y la nutrición de las familias en los hogares en pobreza extrema y pobreza.

Para ello, el Programa promoverá estrategias y acciones intersectoriales para la educación, salud y nutrición, así como para la coordinación con otros programas sociales que fomenten el empleo, el ingreso y el ahorro de las familias en situación de pobreza extrema y pobreza, para impulsar y fortalecer sus capacidades y potencialidades, elevar su nivel de vida, generar oportunidades y propiciar su incorporación al desarrollo integral, mediante:

1.       El mejoramiento sustancial de sus condiciones de educación, salud y nutrición.

2.       La vinculación integral de las acciones de educación, salud y nutrición con los programas de desarrollo regional y comunitario.

3.       Fomento del empleo temporal en zonas marginadas, de modo que el desarrollo de capacidades de las familias en pobreza extrema y pobreza se complemente con la generación de oportunidades en las comunidades y regiones menos favorecidas.

4.       La participación activa de los Comités Escolares Comunitarios que se organicen en el marco  del Programa, en beneficio de la educación, salud, nutrición y desarrollo social.

Generar capital humano a través del desarrollo de las capacidades en educación, salud y  nutrición de las familias en extrema pobreza y pobreza, mediante la entrega de transferencias monetarias condicionadas a cumplir con las respectivas corresponsabilidades, con el fin de contribuir a la ruptura del ciclo inter-generacional de la pobreza.

§  Otorgar transferencias monetarias a los hogares en extrema pobreza y pobreza, con niñas, niños y adolescentes incorporados al sistema escolar básico, con la condición de que estén matriculados en centros escolares del sistema público nacional (modalidad formal o no formal); con el fin de fomentar la matrícula, permanencia y asistencia regular durante el año lectivo. Se dará prioridad a las niñas, niños y adolescentes entre los 6 y los 18 años.

§  Promover la demanda de los servicios de salud de las familias beneficiarias del Programa, para mejorar los indicadores de salud, prevenir enfermedades y garantizar una nutrición adecuada a todos sus integrantes. Se dará prioridad de atención a la población más vulnerable como son los niños y niñas de 0 a 5 años, así como a las mujeres embarazadas y puérperas.

·         Contribuir a la creación de una red de protección social, para evitar que la población más pobre y vulnerable sea afectada por las crisis económicas externas e internas, promoviendo la creación de las condiciones necesarias para salir de su situación de pobreza extrema y pobreza.


En este apartado se establece el compromiso de las Secretarías de Estado en los Despachos de Educación y Salud, para garantizar la mejora en el acceso de los servicios básicos de  educación, salud y nutrición para las personas de los hogares beneficiarios.  La participación de estas Secretarías de Estado es fundamental, ya que el Programa busca complementar su labor con una visión de equidad; fomentando el acceso a los servicios de salud, educación y nutrición a los sectores más pobres de la población.

Sector Educativo:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, garantizará el acceso a los servicios de educación básica a la población beneficiaria, para que puedan cumplir con su corresponsabilidad. Ejercerá también un papel fundamental en la verificación de la misma.

Para que las familias reciban la transferencia monetaria condicionada el primer y segundo trimestre, los niños, niñas y adolescentes en edad escolar (6 a 18 años) deberán estar matriculados en un centro educativo público formal o no formal.  A partir del tercer trimestre, para recibir la transferencia correspondiente, los niños, niñas y adolescentes matriculados en el nivel básico deberán permanecer en la escuela y demostrar que han cumplido con un mínimo del 80% de asistencia trimestral.

La Secretaría de Estado del Despacho de Educación garantizará los recursos humanos y financieros necesarios para la certificación del cumplimento de las corresponsabilidades de la población beneficiaria, en coordinación con el PRAF.


Sector Salud:

La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, garantizará el acceso a los servicios de atención primaria de salud a la población beneficiaria, para que puedan cumplir con su corresponsabilidad.

Asimismo, a través de los programas regulares del sector y las unidades de salud de la Red de Servicios, asegurará la atención a niños y niñas de 0 a 5 años y a las mujeres embarazadas y puérperas, de acuerdo a las normas establecidas en el sector salud.

La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, garantizará la asignación de los recursos humanos y financieros necesarios para realizar la certificación del cumplimento de las corresponsabilidades de la población beneficiaria, bajo la dirección y coordinación del PRAF.

En el caso del componente de nutrición, la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, garantizará los recursos humanos y financieros necesarios para la entrega de micronutrientes a los niños y niñas de 0 a 5 años y a las mujeres embarazadas, de acuerdo a las normas establecidas.